Actualización DOF: México–Japón implementan certificación de origen digital (Decisión No. 12)

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Actualización DOF: México–Japón implementan certificación de origen digital (Decisión No. 12)

SERVI-PORT   ⋄   3 days ago

Actualización DOF: México–Japón implementan certificación de origen digital (Decisión No. 12) A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía publicó en el D.O.F. del
31/03/2026, el Acuerdo citado al rubro, cuya entrada en vigor será al día siguiente
de su publicación, como a continuación se indica.
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Antecedentes
Anteproyecto de la Decisión No. 12, AAE México-Japón, modificación a
Reglamentaciones Uniformes (Certificación de Origen electrónica) (Ver circular
T-0177/2025 )
Certificados de Origen México-Japón (Hoja informativa No. 11) (Ver Circular
G-0347/2025 )
"Decisión No. 12 del Comité Conjunto establecido en el Artículo 165 del Acuerdo
para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos
Mexicanos y el Japón"
El Comité Conjunto ha decidido adoptar las siguientes modificaciones a las
reglamentaciones uniformes del "Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación
Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón" destacando lo
siguiente:
Respecto a la PARTE 1 (1) de la Sección 3 de las Reglamentaciones Uniformes se
adiciona los siguientes párrafos:
El certificado de origen podrá ser emitido en formato PDF
La autoridad aduanera de la Parte importadora podrá aceptar el
certificado de origen en formato PDF.
Así como en el ultimo párrafo del citado apartado se agrega la palabra "Sucesora" en
los puntos listados, para quedar como sigue:
en el caso de Japón, por la Embajada del Japón en México a la
Dirección General de Política Comercial, o su sucesora, de la
Secretaría de Economía de México, y
en el caso de México, por la Dirección General de Comercio Exterior, o
su sucesora, de la Secretaría de Economía a la Embajada del Japón
en México.
De la PARTE 2 (2) (d) de la Sección 3 de las Reglamentaciones Uniformes se modifica
el citado inciso para establecer que la autoridad aduanera de Japón podrá revisar la
autenticidad del certificado de origen emitido en México a través del código QR
adjunto al certificado de origen o a través del sitio web proporcionado por la
Secretaría de Economía de México.

Se adicionará una nueva página después de la Página del Anexo del certificado
de origen emitido por la autoridad gubernamental Mexicana, establecido en el
Anexo 2 de las Reglamentaciones Uniformes, como a continuación se muestra:

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