El trámite deberá realizarse del 1 de enero al 31 de marzo de 2026; la nueva plataforma incluye información precargada y requiere e.firma vigente.

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El trámite deberá realizarse del 1 de enero al 31 de marzo de 2026; la nueva plataforma incluye información precargada y requiere e.firma vigente.

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El trámite deberá realizarse del 1 de enero al 31 de marzo de 2026; la nueva plataforma incluye información precargada y requiere e.firma vigente. Hacienda
Secretaría de Hacienda y Crédito Público

SAT
Servicio de Administración Tributaria

Comunicado 02/2026
Ciudad de México, 12 de enero de 2026.

Invita SAT a empresas a presentar su Declaración Anual

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) invita a las empresas a presentar su Declaración Anual 2025 y cumplir con esta obligación fiscal durante el periodo que inició el pasado 1 de enero y concluye el 31 de marzo de 2026.

Las fechas para presentar la declaración son las siguientes:

Las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación tienen hasta el 19 de enero para presentar la declaración del ejercicio por liquidación.

Las personas morales sin fines de lucro tienen hasta el 16 de febrero para presentar su declaración del ejercicio.

Los demás regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) tienen hasta el 31 de marzo para cumplir con este trámite.

En la nueva plataforma, la Declaración Anual cuenta con la siguiente información precargada:

Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.

Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada en el ejercicio.

Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO).

CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.

Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.

Para enviar la declaración es necesario contar con e.firma vigente y con un servicio de banca electrónica, ya que en caso de obtener un saldo a cargo, el pago debe realizarse mediante transferencia a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.

Es importante señalar que, si se requiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado, se deben presentar declaraciones complementarias. Cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago. Si el saldo es en ceros, tardará 24 horas en reflejarse.

Cabe recordar que desde el 1 de diciembre de 2025 se puso a disposición de los contribuyentes el simulador del Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza, para que las empresas visualicen la información que presentaron durante el ejercicio fiscal 2025.

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