
Se emiten criterios operativos para operaciones generales, industria automotriz y empresas OEA sobre la Manifestación de Valor.
Principales puntos:
• Empresas OEA y del sector automotriz con autorización aplicable podrán continuar bajo ciertos supuestos sin transmitir electrónicamente la Manifestación de Valor vía VUCEM.
• Subsiste la obligación de elaborar, conservar y proporcionar la documentación soporte al Agente Aduanal.
• SAT confirmó mediante la Pregunta Frecuente 29 que deberá entregarse un documento elaborado conforme a la guía publicada en Ventanilla Digital.
• A partir del 1 de junio de 2026, las operaciones ordinarias deberán transmitir la Manifestación de Valor electrónicamente y declararla en pedimento.
• La documentación y elementos de soporte del valor en aduana continúan siendo obligatorios conforme al artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera.
Fuente informativa: CAAAREM – Circular G-0106/2026.